«Por principio, suelo siempre conceder que las otras personas con las que hablo y veo actuar son personas inteligentes, mientras no me demuestren lo contrario. No es sólo una cuestión de cortesía sino de pragmatismo. Por eso cuando veo actuar a alguien a distancia suelo tomar la secuencia de sus actos como el verdadero relato e intenciones de quien obra activamente con el fin de alguna consecución.
Sin embargo, al ver las presentes acciones del PSOE, de las que abominan incluso sus socios de gobierno, tengo que sustraerme mucho a la tentación de pensar que están chalados de remate y debo referirme una y otra vez a mi compromiso con la humanidad de pensar que a quienes veo actuar son gente inteligente salvo que se muestren de otro modo. Así pues, me planteo qué significa realmente esta actuación del gobierno disfrazada de supuesta realización de lo comprometido con Naciones Unidas, cuando es obvio que en la escueta explicación oficial no está el compromiso total que ha aparecido varias veces en los programas electorales del PSOE, sino que la cita ha sido minada.
Y entonces recuerdo que estamos en guerra en el mundo. Que ahora mismo mientras escribo esto en Ucrania hay una invasión salvaje de un país sobre otro donde se está masacrando a la población, a las familias, a los niños, y que el tirano ruso invasor ha amenazado a todos los socios de la OTAN con actuar sobre alguno de sus países «como nunca se había visto antes» en caso de que él lo considere «necesario». Y me he preguntado muchas veces que cuál podría ser la jugada del sátrapa para atacar a un país defendido por la OTAN sin que ésta tuviera posibilidad de contestarle sin entrar en la Tercera Guerra Mundial.
Y de repente recordé que en España ni Ceuta ni Melilla están cubiertas por la protección del Tratado del Atlántico Norte por ser ciudades africanas. No sé si existe alguna otra ciudad europea en esta situación de desprotección. Y si Putin atacara Ceuta y Melilla intentando destruirlas y masacrar a su población, para así hacer daño y escarmiento en Europa, la OTAN no tendría derecho a responder por haber quedado excluídas esas dos ciudades de la legalidad protectora. E imagino que si esto fuera posible y pudiera estar en los planes del monstruo la inteligencia de los EE.UU. ya habría avisado a España para que protegiera este flanco que está completamente a su suerte y al descubierto. Así que hacía falta que, urgentemente, España recobrara la relación con Marruecos, incluso en contra de Argelia y su prometido y anhelado gas, para que en caso de que el salvaje invasor de Ucrania decidiera mover esos terribles peones Marruecos estuviera comprometida a defender Ceuta y Melilla con su ejército ayudando a España. Y sin embargo, España no podría declarar mundialmente esta jugada porque sería como afrentar directamente al monstruo llamándolo agitando paños rojos en el centro de la plaza al lado de sus pitones. Imagino que por eso hablan de soslayo de que el nuevo acuerdo con Marruecos es para «fortalecer la seguridad» de ambos países.
No tengo ni la más remota idea de si esto que aquí escribo podría ser posible o no realmente. Pero, de ser cierto esto que sospecho como una posibilidad debido a cómo veo las piezas del puzle que se dibuja ante mis ojos atónitos, creo que los propios ceutíes y melillenses deberían saberlo y es por eso que me he decidido finalmente a escribir este pequeño texto como una reflexión heráldica y pública de algo que, visto el horror sin sentido que es capaz de generar el presidente ruso, me parece ahora terroríficamente posible y considero que quien deba y sea competente para ello quizá debiera considerar esta temible posibilidad, para que los habitantes de estas dos bellas ciudades españolas en África puedan tomar sus propias decisiones con la debida antelación.
Ojalá me equivoque por completo y toda esta idea no sea más que fruto de la tensión emocional que produce el saber que en pleno siglo XXI los seres humanos se siguen comportando como en la era de las cavernas, sólo que ahora con piedras muy grandes y peligrosas.» [Agustín Barahona]
Según la recién publicada clasificación internacional de enfermedades, la catalogada como MB26.08 y llamada como «Delirio religioso» es descrita en el manual como una
«idea delirante que gravita en torno a temas o cuestiones religiosas o espirituales cuya factibilidad no es aceptada por los otros miembros del grupo religioso al que pertenece la persona».
Esto quiere decir claramente que el diagnóstico no está en manos del especialista psiquiátrico, sino en manos de los feligreses compañeros de religión de la persona en cuestión, que pueden decidir o no que lo que quiera que sea el delirio de su co-religionario pueda o no ser tratado como una enfermedad. ¡Es completamente increíble!
Se trata claramente de un fraude, pues queda dependiendo de que una persona no competente para decidir si se trata de una enfermedad o no considere factible la idea de otra persona, independientemente de que lo sea o no.
Les comparto esta interesante información que encontré hace tiempo en internet:
«ATENCIÓN A TODOS LOS FUNCIONARIOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ESPAÑOLAS:
No sólo NO existe en España ninguna obligación legal
ni de comprar teléfonos móviles propios
ni de comprar ordenadores propios
ni de comprar servicios telemáticos de red propios
ni de tener alquiler de fibra óptica o ADSL propios
ni de saber utilizarlos apropiadamente para poder comunicarse todos telemáticamente,
como obliga actualmente la norma dentro de las administraciones públicas –véase art 14.2 de la ley 39/2015 y Decreto 188/21 (BOCM)–, sino que existe obligación de que el Estado o las Administraciones Públicas procuren siempre los medios para que pueda cumplirse la ley. Esto quiere decir que
1.- o bien es nula de pleno derecho toda norma que obligue a utilizar medios telemáticos para comunicarse como único medio (y bastaría solicitar a la Administración Pública Correspondiente la nulidad de pleno derecho por imposibilidad de cumplirse la norma –artículo 47.1.c de la ley 39/2015–)
2.- o bien ha de dotarse de todos los medios necesarios a cada funcionario (independientemente de que esté en activo, de baja, etc) para que pueda cumplir la norma y, además, como dice la disposición adicional 1ª del Decreto 188/2021, se ha de educar eficiente y probadamente a cada funcionario (el funcionario ha de demostrar en un examen que sabe manejar ya los medios correctamente) para poder utilizar los medios que la norma requiera utilizar.
(Por favor, copia este texto, pues cuantas más personas puedan estar constitucionalmente informadas de la posibilidad de reclamar esta realidad administrativo-jurídica antes podrá resolverse el bloqueo institucional que ha formado)»
Por mi parte, me permito añadir que pienso que el comunicado tiene toda la razón, puesto que no sólo lo que dice es comprobable a través de la consulta de las normas citadas, sino que además es totalmente coherente con la reciente ley del trabajo telemático (Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia), que es lo que es en sí misma la obligación de comunicación telemática:
«Artículo 11. Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y herramientas.
1. Las personas que trabajan a distancia tendrán derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad, de conformidad con el inventario incorporado en el acuerdo referido en el artículo 7 y con los términos establecidos, en su caso, en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación.
2. Asimismo, se garantizará la atención precisa en el caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo.
Artículo 12. El derecho al abono y compensación de gastos.
1. El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.
2. Los convenios o acuerdos colectivos podrán establecer el mecanismo para la determinación, y compensación o abono de estos gastos.»
Léase también el siguiente comentario sobre la administración telemática española