«Toda libertad de expresión ha de estar supeditada al marco legal que la declara y a las condiciones en que se ha de desenvolver. Pero incluso dentro del marco legal vigente y básico, si el subjetivo concepto de ofensa la limitara, siempre sólo interpretable por el sujeto que así la considere y no por un acuerdo sociocultural común, no podría existir libertad de expresión alguna en la práctica, ya que todas las personas objeto de derecho podrían apelar a un daño a su honor o al honor de sus creencias o instituciones para así limitar la libertad de expresión de otros a capricho. Está claro que, de nuevo, es sólo la Educación para que lo que pretenda ofendernos, como reza el dicho popular, nos entre por un oído y nos salga por el otro, como personas maduras que somos, lo que resuelve de antemano cualquier posible conflicto, evitando así tener que legislar para algo que debería ser de sentido común y de simple formación psicológica básica. A este respecto recomiendo leer el artículo publicado en el periódico El País por el periodista Flemming Rose, donde recuerda las bases sociales, legales y psicológicas del derecho a la ofensa. Aunque habría que analizar más detalladamente algunas de las ideas que vuelca y faltan muchas cosas por considerar, esencialmente comparto con él cada argumento y cada conclusión.» [Agustín Barahona]
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